Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como especialidades tradicionales garantizadas y términos de calidad facultativos para productos agrícolas, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.° 1308/2013, (UE) 2019/787 y (UE) 2019/1753, y se deroga el Reglamento (UE) n.° 1151/2012
Ley 9/2006, de 30 de noviembre, de Calidad Alimentaria de Aragón.
Las Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) son los nombres que identifican un producto agrícola, alimenticio o vitícola: originario de un lugar, una región o, excepcionalmente, un país; cuya calidad o características se deben fundamental exclusivamente a un medio geográfico, con los factores naturales y humanos inherentes a él; y cuyas fases de producción, elaboración y trasformación tienen lugar en su totalidad en la zona geográfica definida (Gobierno de Aragón, 2025)