Conjunto de reglas o directrices de obligado cumplimiento para toda acción, actividad, operación o procedimiento administrativo que utilice información geográfica de forma directa o indirecta dentro del territorio aragonés.
Es la norma técnica para la elaboración y gestión de la información geográfica que permite que cualquier organismo pueda cumplir con los requerimientos establecidos a nivel autonómico para la interoperabilidad y reutilización de la información.
Toda la cartografía oficial realizada por la Administración de la Comunidad de Aragón incluyendo todos los Organismos públicos con competencias en la elaboración y mantenimiento de información cartográfica en el territorio aragonés, se elaborará conforme a la Norma Cartográfica de Aragón, procurando la armonización y homogeneización de los criterios de producción cartográfica establecidos por los organismos cartográficos nacionales y organizaciones internacionales. Es de obligado cumplimiento
La Norma Cartográfica de Aragón la aprueba el Gobierno de Aragón, a propuesta del Consejero con competencias en materia de ordenación del territorio, previo informe del Consejo de Cartografía de Aragón.