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| - 00000nam a2200000 a 4500108947AHPHUESAHPHU000007000003SAHPHU_S_00003_0007b.pdfPI@PERGAMINOSPI@PERGAMINOSMonasterio de Santa María de Sigena222149PergaminosDoña Ozenda [de Lizana], Priora de Sigena, concede a Bernardo de Hospital y a su mujer María y a Raimundo Espagiolo y a la suya Julia un horno y cuantos otros quisieran hacer en la villa de Candasnos para que se sirvan de ellos y que la mitad de lo que sacaren lo entreguen a la Casa de Sigena, dándoles licencia para venderlos, darlos o pignorarlos pero no a soldados, clérigos ni infanzones, comunicándolo antes al Convento en un plazo de diez días, por si éste quisera tomar el horno u hornos por tanto cuanto otro diere. Si aquel no lo quisiere pueden disponer de uno u otros, quedando a salvo los derechos de la Casa de Sigena195 x 210 mm.Documento"Quod est actum in mense marcii Era millessima ducentéssima qunquagessima prima".Pergamino.LatínOriginalN50Acceso librehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/deed.es_ESLatínPub: UBIETO ARTETA, Agustín, Documentos de Sigena, Valencia, 19721213 03Ozenda (priora)251011Hospital, Bernardo de239677Espagiolo, Raimundo251015Candasnos99717X048698LibreA.H.P. HUESCAARCHIVOS RELIGIOSOSMONASTERIO DE SIGENAPergaminos3195 x 210 mm.1213 03Original7"
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