Aragón Open Data

About: http://opendata.aragon.es/recurso/sector-publico/documento/dara/326218    

An Entity of Type : schema:CreativeWork, within Data Space : opendata.aragon.es associated with source document(s)

AttributesValues
rdf:type
org:classification
ns:wasUsedBy
schema:abstract
  • 00000nam a2200000 a 4500326218AHPZESAHPZSR@SERIESZSR@SERIESZTribunal del Santo Oficio de la Inquisición (Zaragoza)281719Procesos inquisitoriales874 procesosCronológica de los procesosSerieDARAPGZN50El proceso inquisitorial constituye una excepción del procedimiento ordinario y criminal como consecuencia del principio de culpabilidad. Las diferencias entre las dos etapas, el ¿sumario¿ y el ¿juicio plenario¿, apenas se diferencian ya que el fin de ambas es la búsqueda por parte de los inquisidores de pruebas en contra del imputado para lograr su confesión. <
schema:identifier
  • 326218
schema:title
  • La información sumaria se iniciaba por denuncia, querella o de oficio para reunir las declaraciones de los testigos. Seguidamente se tomaban dos medidas cautelares: el encarcelamiento del reo y el secuestro de sus bienes. A continuación, se constituía el tribunal bajo la presidencia del juez instructor. Si se obtenía la confesión, los inquisidores pronunciaban la sentencia condenatoria basada en la colaboración del penitente. En caso contrario, el proceso seguía su curso normal, abriéndose la fase plenaria que comenzaba con la lectura de la acusación. Una vez que las partes presentaban sus pruebas y conclusiones, se daba por concluida la fase probatoria quedando el proceso listo para dictar la sentencia. Antes del veredicto, una junta de asesores integrada por religiosos y seglares revisaban el proceso, sus conclusiones eran vinculantes para determinar la legalidad y procedimiento. Tras exponer el inquisidor mayor el caso se procedía a las votaciones. El fallo judicial era el final del proceso y podía ser absolutorio o condenatorio. Básicamente se dictaban tres tipos de penas: espirituales, corporales y pecuniarias. Para el recurso debía ser el mismo tribunal de primera instancia, ante el que se había instruido la causa, el que decidía la procedencia o no de enviar el proceso para su revisión al Consejo de la Suprema Inquisición madrileño "La Suprema"</subfield></datafield><datafield ind1=" " ind2=" " tag="610"><subfield code="a">Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición (Zaragoza)</subfield><subfield code="0">281719</subfield></datafield></record></collection>"
Faceted Search & Find service v1.17_git69 as of Jun 22 2021


    Content Formats:       RDF       ODATA       Microdata      About   

OpenLink Virtuoso version 07.20.3232 as of May 28 2021, on Linux (x86_64-unknown-linux-gnu), Single-Server Edition (31 GB total memory)
Data on this page belongs to its respective rights holders.
Virtuoso Faceted Browser Copyright © 2009-2025 OpenLink Software

Gobierno de Aragón
Edificio Pignatelli. Paseo María Agustín, 36. 50004 - Zaragoza -Tfno.976 714 000



Fondo Europeo de Desarrollo Regional  "Construyendo Europa desde Aragón"