Ayudas para actividades culturales de asociaciones y fundaciones - Convocatoria 2025
N° 10991
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a ayudas para la realización de las siguientes actividades culturales:
a) Conciertos.
b) Organización de espectáculos de artes escénicas.
c) Concursos y exposiciones de artes plásticas y visuales.
d) Jornadas y Congresos.
e) Conferencias.
f) Actividades multidisciplinares.
g) Galas, certámenes y entregas de premios.
No son objeto de esta convocatoria las siguientes actividades:
a) Los festivales de cine, artes escénicas, artes plásticas, artes visuales, música y
literatura.
b) Las enmarcadas en la celebración de verbenas y fiestas populares.
c) Las de carácter privativo que tengan como objetivo la realización de actividades internas de la entidad o el provecho exclusivo de los miembros de la entidad solicitante.
d) Las que tienen como objetivo las celebraciones de carácter lúdico y viajes.
e) Los programas y actividades de desarrollo curricular de los centros educativos, ya sean organizados directa o indirectamente para los mismos, así como las actividades organizadas por las A.M.P.A.S. de los centros.
Requisitos
- Domicilio social en la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Estar inscritas en un registro público de asociaciones o fundaciones.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Acreditación de la inscripción en un registro público fuera de Aragón
Justificante de inscripción en un registro público de asociaciones o fundaciones, en el caso de no estar inscrita en el registro de asociaciones y fundaciones de la C. A. de Aragón.
Memoria del proyecto
Memoria descriptiva de la actividad para la que se solicita la subvención (objetivos, contenido, metodología, evaluación con indicadores, cronograma). Asimismo, deberá incluir una declaración responsable de la antigüedad de la actividad para la que se solicita la ayuda, con detalle de la fecha y lugar en que se realizó cada edición.
Relación de medios técnicos
Relación detallada de los medios técnicos necesarios para realizar la actividad.
Presupuesto de gastos del proyecto
Presupuesto de la actividad o actividades para la que solicita la ayuda, desglosado por partidas. Si la asociación o fundación es una entidad que está sujeta o no exenta del impuesto sobre el valor añadido, el presupuesto deberá presentarse sin incluir el I.V.A. Por el contrario, si la asociación o fundación es una entidad que está exenta o no sujeta al impuesto sobre el valor añadido, el presupuesto deberá presentarse incluyendo el I.V.A.
Plan de financiación
Presupuesto de ingresos explicativo del plan de financiación donde se indiquen las aportaciones de recursos propios por parte de la asociación o fundación y los ingresos obtenidos y pendientes de obtener de otras entidades públicas o privadas para la ejecución de la actividad o actividades culturales.
Descargar modelo Plan de financiaciónRelación de documentación en poder de la Administración
Documentos que ya han sido aportados ante el Departamento concedente, sobre los que no se han producido modificaciones.
Descargar modelo Relación de documentación en poder de la Administración
Información adicional
- Las ayuda concedida, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas o ingresos, generados o no por la propia actividad, no podrán superar el 100% del coste de la actividad subvencionada.
- El importe de la convocatoria es de 140.000 €.
- La cuantía individualizada de la ayuda no podrá ser inferior a 1.000 € ni superior a 12.000 €.
- Serán considerados gastos subvencionables los que se realicen entre el 14 de noviembre del 2024 y el 13 de noviembre del 2025.
- Estas ayudas quedan sometidas al régimen de mínimis.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976716603 - 976 714 932
- Correo electrónico. mcpolo@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA
Normativa
Orden ECD/833/2025, de 9 de julio, por la que se convocan ayudas para actividades culturales de asociaciones y fundaciones para el año 2025.
Orden ECD/1248/2022, de 6 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura
Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 18/07/2025 al 31/07/2025
En plazo
Iniciar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
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