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Subvenciones para el programa de empleo con apoyo

A través de este trámite se puede presentar una solicitud para optar a la concesión de subvenciones para el fomento de la contratación de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

Dirigido a

  • Asociaciones, fundaciones, otras entidades sin ánimo de lucro, centros especiales de empleo, empresas del mercado ordinario de trabajo y personas autónomas.

Requisitos

  • Si la entidad solicitante es una asociación, fundación o entidad sin ánimo de lucro
    • Suscribir el correspondiente convenio de colaboración con la empresa que va a contratar a las personas trabajadoras con discapacidad a los que se les va a prestar el empleo con apoyo.
    • Tener ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón y estar legalmente constituidas y figurar inscritas en el correspondiente registro público con una antigüedad de, al menos, un año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de las subvenciones.
    • Tener por objeto social la inserción o la creación de empleo a favor de personas con discapacidad.
    • Contar en su plantilla con personas preparadoras laborales especializadas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 8 de la Orden EMC/545/2025 de15 de mayo, o comprometerse a incorporarlos, así como disponer de los recursos materiales necesarios que garanticen un desarrollo idóneo de los programas de empleo con apoyo.
    • Acreditar una experiencia de al menos un año en el desarrollo de programas de inclusión laboral dirigidos a personas con discapacidad.
    • Desarrollar las actividades de empleo con apoyo de modo gratuito.
  • Si la entidad solicitante es un centro especial de empleo
    • Estar calificado e inscrito en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón.
    • Suscribir el correspondiente convenio de colaboración con la empresa que va a contratar a las personas trabajadoras con discapacidad procedentes de la plantilla del mismo centro o de otros centros especiales de empleo.
    • La organización y desarrollo del proyecto de empleo con apoyo será ajena a la actividad y organización del referido centro.
    • Contar en su plantilla con personas preparadoras laborales especializadas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 8 de la Orden EMC/545/2025 de15 de mayo, o comprometerse a incorporarlos, así como disponer de los recursos materiales necesarios que garanticen un desarrollo idóneo de los programas de empleo con apoyo.
    • Desarrollar las actividades de empleo con apoyo de modo gratuito.
  • Si la entidad solicitante es una empresa del mercado ordinario o una persona autónoma
    • Contratar a las personas trabajadoras con discapacidad beneficiarias de las acciones de empleo con apoyo.
    • Contar en su plantilla con personas preparadoras laborales especializadas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 8 de la Orden EMC/545/2025 de15 de mayo, o comprometerse a incorporarlos, así como disponer de los recursos materiales necesarios que garanticen un desarrollo idóneo de los programas de empleo con apoyo.
    • Desarrollar las actividades de empleo con apoyo de modo gratuito.

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Convocatoria 2025

En plazo hasta el 22/10/2025

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