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1. Publicidad activa.

Portal de la transparenciaEn la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, se establece que las Administraciones Públicas deberán publicar de forma periódica y actualizada una serie de información que llamaremos publicidad activa para garantizar la transparencia de su actividad. Esta información está formada por datos de las siguientes categorías:

  • Información institucional, organizativa y de planificación (por ejemplo: organigrama con identificación de los responsables de las unidades, su perfil y trayectoria profesional, planes y programas anuales, objetivos, grado de cumplimiento y resultados)
  • Información de relevancia jurídica (por ejemplo: anteproyectos de Leyes o de Decretos Legislativos)
  • Información de naturaleza económica, presupuestaria y estadística (por ejemplo: retribuciones de altos cargos, subvenciones y ayudas públicas, presupuestos, etc.)

Las Administraciones Públicas, deberán difundir esta información sin esperar una solicitud concreta.

Para favorecer el acceso de todos a la información que se difunda, se ha creado el Portal de la Transparencia, que incluye, además de la información sobre la que existe una obligación de publicidad activa, aquella cuyo acceso se solicite con mayor frecuencia.

El Portal es un punto de encuentro y de difusión, que muestra una nueva forma de entender el derecho de los ciudadanos a acceder a la información pública.

En Aragón, la Ley 8/2015 , de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón contempla también estos aspectos.